Un impuesto en su laberinto: La reforma de Ganancias y la progresividad cuestionada
Damian Corral (UNGS)
Gabriela Wyczykier (UNGS/CONICET)
El sábado 27 de marzo la Cámara de Diputados dio media sanción a la reforma del Impuesto a las Ganancias (IG). En particular, se elevó el Mínimo No Imponible (piso a partir del cual los trabajadores comienzan a tributar este impuesto), para eximir de su contribución a aquellxs trabajadorxs bajo relación de dependencia con salarios de hasta 150.000 pesos brutos mensuales, mediante el incremento de la deducción especial prevista en el artículo 30 de la ley actual.
El proyecto faculta al Poder Ejecutivo, además, a establecer deducciones para lxs trabajadores con ingresos de entre $ 150000 y $ 173000, para que también sean alcanzadxs por el beneficio. En estos casos, no se computará el sueldo anual complementario (aguinaldo) en el cálculo del impuesto.
Mientras que para quienes perciben por encima de $ 173000 se mantienen las condiciones previas de aplicación del impuesto. Asimismo, la iniciativa incrementa el porcentaje de jubiladxs que dejarán de pagar al elevar de 6 a 8 haberes mínimos el piso de su tributación, es decir $ 164.571. El “nuevo piso” se actualizará anualmente mediante el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).
Según un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso, el costo fiscal para el Estado sería de $ 47.569 millones de pesos, sin contar las últimas deducciones incorporadas el día de la votación en el recinto.
El tratamiento del proyecto coloca nuevamente en la agenda pública la pregunta y la inquietud por la progresividad de este instrumento, tal como ocurriera cuando los gremios que reúnen a lxs trabajadorxs alcanzados por el pago de este impuesto (y algunas otras fuerzas sindicales y políticas aliadas), situaron esta problemática como una de las demandas de mayor presencia en su agenda reivindicativa, especialmente durante el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner.
En aquel entonces, y según confirma la AFIP, del 9,1% de los trabajadores en relación de dependencia a los que se les retenía el impuesto en el año 2003, se pasó a un 29,5% en 2013, para descender al 10,4% en 2014 – gracias a la reglamentación del decreto 1242 –, para volver a crecer al 21% en 2017 –, en gran medida a consecuencia de la derogación del aquel decreto-, y al 25,6% en el 2020. El incremento en los guarismos habilitó entonces a los dirigentes del oficialismo, con el apoyo mayoritario de la oposición legislativa actual, a considerar una vez más una reforma del IG, cuya última versión sucedió en diciembre de 2016.
Para el gobierno – con el impulso de Sergio Massa, que proponía modificar el impuesto desde el 2013 con el objetivo que lo paguen solo asalariados con cargos ejecutivos-; el retorno a la senda del 10% de tributantes entre la cuarta categoría, constituye un argumento que legitima esta reforma. En tanto para varios sectores de la oposición es difícil resistir a una medida que aliviana el peso de los impuestos sobre los contribuyentes cuando algunos sectores de ella denuncian sistemáticamente, desde su orientación ideológica neoliberal, su carácter desmedido.
Así las cosas, la reforma del IG encontrará fácilmente su reglamentación. Otra vez, este impuesto quedó atravesado por intereses políticos y electoralistas, como ocurriera con las campañas presidenciales de 2015, (el triunfo de Mauricio Macri contó con la promesa de que ningún trabajador pagaría ganancias durante su gobierno), la reforma parcial en el 2016, y su revisión actual. Este tributo, de carácter progresivo – ya que el monto a contribuir al fisco está relacionado con los ingresos –, ostenta un peso menor en relación con los regresivos, como el IVA: impuesto al consumo que pagan proporcionalmente con mayor fuerza los sectores que menos ingresos perciben en la Argentina (una tendencia predominante en América Latina).
Los reclamos entonces de sectores medios asalariados serán atendidos por la gestión del gobierno de Alberto Fernández. Luego de que sus ingresos fueron sin duda alcanzados de modo ascendente por el IG a medida que la inflación, los aumentos paritarios, las escalas congeladas y un ajuste del MNI retrasado, en relación con los incrementos de los salarios reales, cobró fuerza en los reclamos sindicales.
La posibilidad de suplir el monto que el erario público dejará de percibir con la predisposición hacia el consumo de estos sectores y el aumento de la alícuota para las empresas, se estima como horizonte deseable. Sin embargo, la evasión fiscal de este impuesto, que es elevada en el país tanto así como en la región, y la vergonzosa eximición del pago de este impuesto a los miembros del poder judicial (solo tributan los que ingresaron desde el 2017), debería ser considerada al tratar esta problemática.
La falta de una reforma integral del sistema tributario que aliente la revisión de la progresividad y la regresividad de los impuestos, resulta una vez más, un dato a jerarquizar para que el tratamiento de ganancias no quede aislado y por lo tanto, el instrumento pierda la fuerza que lo caracteriza: su progresividad. En consecuencia, la importancia de su recaudación para garantizar la redistribución del ingreso entre sectores más y menos favorecidos por su inserción en el mundo del trabajo, y entre las empresas que obtienen mayores y menores rentabilidades, correspondería ser ponderada de acá en adelante.
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