política

La Cámara de Casación ratificó la condena de José López y los empresarios testaferros

La Sala II de la Cámara de Casación ratificó la condena al ex secretario de Obras Públicas José López y dos empresarios que actuaron como sus testaferros en la causa por los bolsos con U$D9 millones, que serán destinados al Hospital de Niños.
El máximo tribunal del país rechazó los recursos del ex funcionario José López y los empresarios Andrés Galera y Eduardo Gutiérrez, y confirmó las condenas por enriquecimiento ilícito. En disidencia, el juez Carlos Mahiques, ligado a Juntos Por el Cambio, pretendió absolver a los
empresarios. En cambio, por unanimidad, la Cámara rechazó los recursos de López “contra la pena única y la fianza impuestas”.
La Sala II del máximo tribunal penal del país, presidida por el juez Alejandro W. Slokar, acompañado por los jueces Carlos A. Mahiques y Guillermo J. Yacobucci, ratificó esta tarde la condena a José Francisco López por enriquecimiento ilícito, a la pena de 7 años y seis meses de prisión, multa del 60% del valor del enriquecimiento e inhabilitación
absoluta perpetua. Con respecto a los empresarios Andrés Enrique Galera y Eduardo Ramón Gutiérrez, a la pena de ejecución condicional de 2 años y 6 meses de prisión, multa del 50% del valor del enriquecimiento.
Asimismo se confirmó el “decomiso de la residencia de López de la localidad de Dique Luján en Tigre, con más el dinero y objetos incautados (U$S 8.982.047 y 153.610 €; además $ 159.114), que se dirigen al Hospital Garrahan y al Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez, con el fin de que puedan satisfacer sus necesidades prioritarias de asistencia médica para los niños/as y adolescentes del país”.
El secuestro de las grandes sumas de dinero –ubicados en bolsos en poder de López-se había producido en la madrugada del 14 de junio de 2016 en el Monasterio “Nuestra Señora de Fátima”, ubicado en General Rodríguez, provincia de Buenos Aires. Según la sentencia, López urdió un plan para ocultar el dinero y los valores en el convento -donde arribó a una carabina calibre 22mm, con mira telescópica -aprovechándose del estrecho
vínculo que había establecido con las monjas.
El tribunal estableció que también se benefició junto con su mujer con la mansión sita en Dique Luján, Partido de Tigre, y para ello se valió de dos empresarios como testaferros: Andrés Galera, con quien guardaba una relación personal y además estaba ligado a la Cámara de la Vivienda y Equipamiento Urbano; y Eduardo Gutiérrez, presidente del Grupo Farallón y dirigente de la Cámara Argentina de la Construcción.
El juez Slokar, que lideró el acuerdo, señaló que “López a lo largo de la causa brindó múltiples y diferentes versiones con la vana intención de mejorar su posición en el proceso y en coincidencia con los beneficios obtenidos como “colaborador” ante “actores” de expedientes, en los que es investigado por diferentes delitos contra la administración pública. Con cuestionamientos por “inmoralidad” con referencia al doctrinario Francisco Carrara, señaló en forma coincidente con el tribunal de juicio que López trató de aprovechar “un contexto político que le permitía, para el momento de su declaración, acomodar su situación procesal y, eventualmente, poner
en duda el origen del dinero” que se comprobó de su propiedad.
Sobre la trazabilidad de los dólares estadounidenses termosellados incautados en poder de López, se conoció que fueron recibidos por el Banco FINANSUR SA, el 11 o 12 de octubre de 2011, puerta a puerta, desde Nueva York (FED EROC), a través de la compañía Brinks Global Services.
Con base en criterios de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Slokar señal que la legislación de enriquecimiento ilícito resulta un instrumento útil para detectar situaciones de corrupción cuando hay patrimonios que no pueden ser justificados.
El juez Mahiques, en disidencia, se pronunció en favor de los empresarios “por falta de pruebas”. Entendió que la adquisición y refacción del inmueble no implicó un acrecentamiento injustificado en el patrimonio de López, como tampoco que las presuntas personas “interpósitas” hubieran comprado el bien con la finalidad de disimular ese enriquecimiento.
También en la fecha, el tribunal rechazó el recurso dirigido por José López contra la pena única de 7 años y 6 meses de prisión, que vencerá el día 14 de diciembre.

DEJA UNA RESPUESTA

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *